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5 steps to sell the social shares of a Limited Liability Company in Spain

Understanding that a limited liability company (SL or Sociedad de Responsabilidad LImitada in Spain) is one of a closed company type, there are certain limitations for the sale of its shares, and that the limited liability companies are characterized, unlike the Stock Corporations (Sociedad Anonima in Spain), in companies with few partners, all of them known, and in which the personal aspects of them. Therefore, it is intended with the existing regulation, to avoid that strangers to the other partners, can enter be part of the company or even manage it and therefore, it is granted to the other partners of the company a right of preferential acquisition.

Therefore, if one wishes to sell their social shares, you should verify the following steps: 

1.- Review the bylaws , which will prevail over any other legal standard. In these bylaws, accessible through the Mercantile Registry, the steps to be carried out in order to sell the participations to someone who is interested in acquiring them will be indicated. It must be borne in mind, however, that if the statute rule allows free transfer of shares to third parties, it should be considered a null rule, as established in art. 108 of the Capital Companies Law. Unless a statutory amendment has been made, the bylaws may be found in the deed of incorporation of the limited liability company, and a copy may also be obtained from the Mercantile Registry.

2.- In the event that you want to sell the shares to another partner, or to your spouse, ascendants, descendant or companies belonging to the same group of companies of the transferring partner, unless the bylaws indicate otherwise, it will be free and as a consequence, the approval in the Members' Meeting will not be necessary, and the notary will directly to approve the operation.


3.- In the case of subjects other than those previously indicated, or in the absence of a statute regulating the transfer or case that the statute itself refers to the law, according to Article 107 of the LSC, the partner that intends to transmit your participation it must be communicated in writing to the administrators. In this communication you must state the number, characteristics of the shares you wish to transfer, the identity of the purchaser and the price and other conditions of the transfer, including the form of payment (deferred payment, cash, etc.).


4.- Once the above is verified, the administrator will convene a General Meeting , debating the operation within one of the fixed agenda items. The board, by ordinary majority, may give consent to the sale. The company may only refuse to consent if it informs the transferring partner, through notarial channels, of the identity of one or more partners or third parties that acquire all the shares.

No communication to the transferring partner will be necessary if you attended the general meeting where these agreements were adopted. The partners who attended in person or represented the general meeting will have preference for the acquisition. If there are several partners interested in acquiring, the shares will be distributed amongst all of them in proportion to their participation in the share capital. In addition, the general meeting may agree that it is the company itself that acquires the shares that no member or third party accepted by the Board wishes to acquire, in accordance with the provisions of the Article 140 of the LSC. If a company partner, the company itself or a third party is the one who wants to exercise preference over them, the transaction must be carried out within a maximum period of one month from the date of communication by the company of the identity of the purchaser or acquirers.


5.- If the foregoing does not concur, either in the manner or periods indicated, or the company informs it that no one is interested in purchasing its shares, the shareholder may transfer the shares under the conditions communicated to the company (point 2.-) to the third party with whom it has agreed, provided that at least three months have elapsed since it had been notified of its intention to transmit without the company having communicated the identity of the purchaser or purchasers.

As it is to see in the previous regulation, the law in this type of society gives a very specific regulation -the intention is that a stranger can never take control of society, always favouring the other partners, or like-minded and trustworthy people to them who can acquire social shares. Hence, it will be extremely important if we intend to sell our social holdings, in following the previous steps since, if not done, the nullity of the operation could be urged and therefore, the sale would be deemed not made.

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EVA

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Hola B. tardes. Por favor necesito que me aclaren una duda. Mi hermano tiene una sociedad limitada de transportes y el me puso a mi el 50% de las acciones, pero yo no trabajo ni se nada de la empresa. Mi pregunta es ¿Necesito estar de alta? . Mi hermano es administrador solitario de la empresa Si yo le puedo regalar todas las acciones y no tener nada que ver? cuanto costaria ese tramite por favor muchas gracias muy amables Saludos

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AOB Abogados

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Hola Eva,

En principio si no se está prestando servicio laboral o profesional, no debería darse de alta de autónomos. Si no le interesan las participaciones puede venderlas a su hermano o donarlas por escritura pública (debiendo liquidar impuesto de donaciones).

Utilice nuestros servicios de consultas legales online que encontrará en nuestra web si desea más información.

Un saludo

juan

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Hola, me gustaría hacer una pregunta: Soy socio y administrador de una SL y tengo el 50% y el resto mi socio. y quiero vender mi parte y dejar de ser administrador. Actualmente la sociedad tiene deudas pendientes. ¿Que pasos debo seguir y quien quedaría como nuevo administrador? ¿Y las deudas que ocurre con ellas?

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AOB Abogados

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Buenos días Juan,

Desde nuestro despacho podemos ayudarte y asesorarte en este proceso de desvinculación de la empresa. Hay que tener en cuenta en este momento muchos aspectos, tales cómo eventuales contingencias fiscales o laborales que puedan aparecer con posterioridad a la venta y que tenga su origen en fecha anterior.

Contacta con nosotros y nuestros abogados del Área de Derecho Mercantil del despacho te ayudarán a dar todos  los pasos de forma segura y eficiente.

Un saludo

Jose Heriberto Garcia Simon

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Buenas tardes Un socio posee 5.400€ de las participaciones de una S.L. cuyo capital social es de 12000€. El quiere vender sus participaciones al administrador y a cambio recibir una vivienda propiedad de la S.L. con valor de mercado oficial de 110.000€. La pregunta seria: Cuánto tendría que pagar este socio saliente en su declaración de la renta del próximo año? Gracias

Verónica Zúñiga

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Buenos días, consulta yo tengo una S.L con mi hermano y mamá, Yo soy Representante Legal, tengo un Jardín Infantil que quiero vender, el negocio funcionando con todo el mobiliario, (las casas no son mias)En donde se ubica el establecimiento, tengo una interesada y ella seguiría trabajando.Mi consulta es ¿Yo puedo vender la "Sociedad Completa", para que ella no pierda todos los trámites que yo hice para mi permiso de funcionamiento; ? O existe otro trámite? Gracias Verónica Zúñiga

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AOB Abogados

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Hola Verónica,

En principio no debería haber problema en que vendieras todas las participaciones sociales en favor de ésta persona y que se hiciera un cambio del órgano de administración en favor de ésta, y se continúan cumpliendo todos los requisitos legales que marca la ley para el ejercicio de la actividad.

No obstante, si deseas que estudiemos tu asunto en concreto y la normativa sectorial de tu actividad, te animamos a que solicites visita en nuestro despacho, o si lo prefieres utilices alguno de los servicios legales online que encontrarás en nuestra página web.

Un saludo

jesus

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quiero saber que hacer para vender acciones de una s.r.l. con deudas

Buenas tardes mi consulta es la siguiente: Soy socio de una S.L. servicios de transporte y estoy vendiendo mi parte social que equivale al 16.66% que equivale a una sexta parte de la empresa,he tenido déficit lo cual me veo obligado a vender ya comunique verbal mente en junta de asamblea pero ni la empresa,ni cada uno de los socios estan con la solvencia para poder comprar y yo tengo comprador para mi parte que pasos tendría que seguir o que tendría que hacer.

Dick

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El capital d una sociedad es de 15 000 dividido en 6000 participaciones sociales. Cual sería el valor nominal d cada una? Cuanto sería el monto a pagar d cada socio? Por favor ayudame con esto

Sin nombre

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Hola, somos 3 socios (administradores solidarios) con un 75% + 12,5% + 12,5%. La persona con el 75% aportó la concesión del local y los otros dos socios 22.000 euros cada uno. De los 44.000 euros se constituyó la SL (3.000 euros) y el resto del dinero se metió en la cuenta de la empresa para empezar a funcionar. Los 2 socios minoritarios queremos salir de la sociedad y el socio mayoritario no quiere comprar las acciones. Que trámites podemos hacer para recuperar la inversión de 22.000 euros cada uno? No hay reconocimiento de deuda por parte de la empresa. Estamos muy bloqueados e incluso barajando posibilidad de renuncia e irnos de la SL. No se si me he explicado bien, si necesitan algún dato se lo daría. GRACIAS de antemano

Anonimo

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Tenemos una empresa, estamos casados en regimen de gananciales, la empresa esta a nombre de mi marido, pero soy responsable subsidiaria, me quiere vender el 50% de las participationes, porque precio tiene que vendermelas. Puede ser por el importe que tenian cuando she constituyo la sociedad? Saludo

alex

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tengo un negocio del 50% con otra persona, ella quiere vender y yo no, actualmente esta alquilada y ha decidido vender todo el negocio a esta persona sin mi consentimiento, es legal?

Kepa

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Buenos dias: Queria vender una participacion del 25% de un s.l. a otro socio. La s.l. tiene un inmueble y un dinero en una cuenta. Mi pregunta es si al vender mi participacion tambien vendo mi parte del dinero o no?

Noelia

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Soy administradora y socia de una empresa SL al 50%, el otro socio se quiere ir de la sociedad por voluntad propia y quiere regalarme su parte . Como debemos hacerlo. Si tuviera que pagársela como se valoraría su precio ?

alicia

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Tengo una consulta: el setenta por ciento de las participaciones sociales de una sociedad limitada Española pertenecen a una entidad mercantil noruega de la cual los unicos accionistas son mis dos hijos al cincuenta por ciento cada uno, ambos residentes en su país. ahora vamos a vender esas participaciones a una entidad mercantil Española, cuyo unico accionista es la anterior entidad mercantil Noruega, donde siguen siendo mis dos hijos los únicos accionista. mi pregunta es:: - estoy obligada a informar a los tenedores del 30% restante de participaciones sociales de esa intencion de venta y darles el derecho prioritario a su compra por mismo precio y condiciones? - o bien no tengo por qué informar a los socios minoritarios (de ese 30%) porque en realidad aunque el Titular pase de ser una Sociedad Limitada Noruega a ser una Sociedad Limitada Española los dos accionistas de la saliente y entrante vendedora y compradora son casualmente mis dos hijos por sus mitades? solamente añadir que los tenedores actuales del 30% son a su vez otra Sociedad Limitada Noruega cuyos accionistas son mis primos. gracias anticipadas por su respuesta. saludos, alice

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AOB Abogados

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Hola Alicia,

Para la transmisión, deberá seguirse los pasos y trámites que marcan los propios estatutos de la SL. Por ende, en princpio, los otros socios tendrán derecho a adquirir las participaciones sociales, excepto si hay un acuerdo en contra.

En cualquier caso, si deseas que estudiemos vuestro caso, y estudiemos los estatutos sociales de la compañía, llámanos y podremos asesoraros de forma personalizada.

Un saludo

Esther

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Hola tengo un s.l. con un 42% de acciones además de ser administradora única, el otro socio dispone del 58% restante y mediante un acta notarial me destituyo como administradora y se ha hecho con las cuentas de la empresa, aunque en el registro mercantil sigo figurando yo como administrador único de esta empresa, que puedo hacer ante este hecho. Muchas gracias

Antonio

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Buenos días Entre cómo socio a una empresa, me vendieron participación del 37% pero me nunca registraron la escritura en el registro público , debido a que el administrador ha hecho malos manejos y la empresa tiene deudas considerables, quisiera saber cuál es mi responsabilidad o qué puedo hacer para protegerme ya que el administrador nunca me informo que había problemas y hay alto riesgo de demandas. Gracias por la atencion

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AOB Abogados

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Hola Antonio,

Las compraventas de participaciones no se registran en el Registro Mercantil.

A priori, el socio no debe responder de la mala gestión de un administrador.

En cualquier caso, si deseas recibir un asesoramiento personalizado, contacta con nuestro despacho para solicitar una visita presencial o bien utiliza alguno de los servicios legales online que encontrarás en nuestra web.

Un saludo

Alberto

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Hola, Tengo una duda. Estoy intentando vender una sociedad limitada que tiene 3100 euros en capital social y unos 500 euros en fondos de reserva. Estos importes, físicamente, están en la cuenta corriente de la sociedad. Me esta resultando complicado venderla, ya que quiero recuperar esos 3600 euros que tiene la sociedad en la cuenta corriente. Hay alguna manera que yo pueda retirar esos 3600 euros y dejar la cuenta a 0? si es así que concepto debo utilizar para sacar ese dinero, dividendos,...? y por ultimo tendrá alguna repercusion cara a futuro tras realizar la venta de la empresa?, es decir, en el contrato de compraventa de la sociedad deberá quedar reflejado esta operación que se ha realizado para que el nuevo dueño se de por enterado?. Gracias, Un saludo,

Roberto

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Hola, voy a crear una sociedad limitada con 3000€ de capital social, me interesa tener el máximo de acciones posible para vender a posibles inversores, me dicen en notaría que no es posible hacerlo como quiero, con 300.000 acciones de 1 céntimo, que lo máximo con 3000€ de capital social, son 3000 acciones de 1€, ¿es así? Muchísimas gracias y un saludo.

jose

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Buenas tardes, tengo una sl con dos socios mas, estamos al 33 %, pero yo quiero salir de la sociedad, por que no nos entendemos y me dan largas, podría salir cuando yo quiera??, ya que ellos quieren seguir con la empresa, yo les he dado la opcion de quedarme yo todo o ellos y me dan largas.. Que es lo mas rapido que puedo hacer para empezar los tramites, Gracias.

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AOB Abogados

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Hola Jose,

No existe un mecanismo legal por el que los otros socios tengan la obligación de comprarte tu participación social.

Para comprobar si existe algun supuesto que permita separarte de la sociedad, o bien para entablar una negociación para la venta de participaciones, contacta con nuestro despacho y nuestros abogados expertos en derecho mercantil te podrán asesorar en todo el proceso.

Un saludo

Asun

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Hola me gustaría saber que operación paga más impuestos, si hay 4 socios y 3 de ellos le quieren vender al cuarto o si esos tres le venden a un tercero ajeno a la sociedad. Muchas gracias

Carlos

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Tengo 10% de una empresa deficitaria, el socio mayoritario, debido a las deudas, utiliza sociedades pantalla para evitar el pago de las deudas a Hacienda y Seg. Social. Puedo pedir la disolución de la sociedad? Muchas gracias.

Santiago

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Un amigo mío tiene una SL Unipersonal, sin actividad. ¿Cómo puede traspasármela???

Vanesa

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Buenos días, mi duda es la siguiente. Un socio adquiere a otro sus acciones de la sociedad. Y comunica a está. Tiene que presentar contrato privado de compraventa de esas acciones o la escritura pública si se hizo así? Y puede otro socio pedir esa documentación a la empresa ejerciendo su derecho a la información?? Gracias

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AOB Abogados

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Hola Vanesa,

La compraventa de participaciones debe formalizarse en escritura pública y debe cumplirse con los requisitos fijados en los estatutos a fin de que la transmisión sea válida.

Si se trata de un SL debería el resto de socios saber de la identidad al haber debido aceptar la operación si nadie de los socios igualó la oferta.

Contacte con nuestro despacho si necesita mayor información o utilice alguno de los servicios de asesoramiento online que ofrecemos a través de nuestra web.

Saludo

Ricardo Villalobos

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El administrador, comunico, a una minoritaria, que la nuestra (mayoritaria) recibió oferta de compra por sus participaciones sociales. Ahora el comprador retiro la oferta que se debe hacer?

Antonio Herrero Jiménez

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Hola, me gustaria y necesito asesorarme... Asunto: traspaso, o venta de parte de mi empresa, sociedad limitada, de la que yo soy el nico administrador y propietario Si tienen despacho en málaga, o su provincia, preferiria tener una cita Saludos... Antonio Herrero

Maria

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Tengo 250 acciones de una sl..mi hermano 247..quiero vender mis acciones...e irme de la sociedad. En total eran 501 acciones..pero en la actualidad la sociedad. Esta a nombre.de mi hermano y mio..el resto de las acciones..ni se sabe quien las tiene...que vale lo que esta escriturado en la actualidad. En escritura pública.

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AOB Abogados

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Hola Maria,

Para vender tus participaciones sociales a un tercero, deberías antes antes comunicar tu voluntad de venderlas por su alguno de los socios desea realizar su derecho de adquisición preferente.

Para asistirte en el proceso de venta, contacta con nuestro despacho y solicita visita en nuestras oficinas de Barcelona, Madrid o Valencia o utiliza alguno de los servicios que encontrarás en nuestra web

Un saludo

eva

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Hola,nosotras queremos vender una sociedad limitada relacionada con la educación, los socios compradores las puede comprar para otra dirección de la sociedad

Santiago Rodrigo

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Buenas tardes Mi mujer y yo estamos casados en régimen de separación de bienes. Me quiere donar las participaciones sociales de una empresa, su 50%. Me dicen que aunque sea donación, Hacienda le va a valorar las participaciones y le va hacer de pagar por la plusvalía generada en IRPF. Si es una donación, esto es así ?

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AOB Abogados

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Hola Santiago,

El donatario deberá tributar por el Impuesto de Donaciones, y el Donante deberá declarar y tributar en su IRPF como si hubiese sido una venta es pérdida o ganancia patrimonial en función de los valores reales de adquisición y de transmisión-donación.

Si necesitas asesoramiento, utiliza alguno de los serrvicios legales online que encontrarás en nuestra web y podrás recibir un asesoramiento personalizado.

Un saludo

EVA

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cuando vendes una sociedad limitada , que documentos hay que darle al comprador de la sociedad? un saludo , gracias.

karen

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Hola, buenos días. tengo una SRL, junto con 2 socios más. cada uno tiene el 33.3 de las acciones y queremos venderlas. Necesitamos realizar algún trámite excepcional. ninguno de los tres socios quiere seguir con el negocio. la venta se realiza sólo con trámite notarial o se necesita patrocinio de algún abogado???. la empresa la van a adquirir dos personas, por lo que, se debería modificar sólo el estatuto y representante legal, además de la nueva conformación del porcentaje??. Saludos cordiales; Karen.

JAVIER

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HOLA FORMO PARTE DE UNA SOCIEDAD CON 2 SOCIOS MAS EN LA QUE UNO DE ELLOS Y YO SOMOS LOS ADMINISTRADORES. LOS OTRSO 2 SOCIOS QUIEREN VENDER SUS ACCIONES A UN TERCERO PERO YO NO QUIERO VENDER MI PARTE. LA PREGUNTA ES , PUEDEN OBLIGARME LEGALMENTE A VENDER POR TENER ELLOS LA MAYORIA DE LAS ACCIONES ( EL 75%). GRACIAS

yessica

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hola tenia un bar con una sl yo tenia el 24 x cienrto de la empresa y el el 76 x ciento me compro mis participaciones y quuero saber si ahora el lo vende o lo alquila yo tengo derecho a algo?

Jesus Gomezz hidalgo

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Hola, tengo un terreno de 5416 metros a medias, somos tres personas, cada uno tenemos un 33,%. Está dividido en tres parcelas compartiendo luz y agua. Este terreno es rustico, uno de ellos a decidido vender su parte sin informarnos a los demás. Tenemos derecho a comprar los otros dos su parte aunque ya la haya vendido?

Moreno

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Hola buenos dias, tengo una S.L., donde solo tiene una vivienda y un administrador único, quiero vender las participaciones social por el valor declarado en la escritura de constituciíon, ¿forma adecuada? es para otra S.L.,, se evitan gastos?., ya me gracias. .

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AOB Abogados

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Buenas tardes,

En el caso de SL en el que como principal activo tiene un inmueble, el valor de venta no puede ser el valor de la escritura de constitución ya que existen unos criterios de valoración especiales.

Utiliza nuestro servicio de consultas legales online para recibir asesoramiento o bien solicita visita en nuestras oficinas de Barcelona, Madrid o Valencia.

Un saludo

JOSE ORONOZ

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Hola buenos días. Para hacer una transmisión de acciones de una S.L. es necesario tener las cuentas de la empresa presentadas en el Registro Mercantil? Partimos de la base de que hay que presentarlas, pero no están presentas. Gracias

ACR

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El propietario de una Sociedad Limitada Unipersonal creada recientemente pretende vender el 50% de participaciones a otra persona física. ¿ Puede hacerlo aunque la posible compradora no sea familiar del vendedor?

Andres Cuns

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Agradezco su información con respecto a la venta de participaciones de una S.L.. Sin embargo, en mi consulta me refería a una S.L. UNIPERSONAL. En este caso, tengo entendido que SÓLO se pueden vender a personas físicas vinculadas familiarmente. Gracias. Un saludo

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Hola Andrés,

Si sólo existe un socio, éste lo puede vender a un tercero, ya que al tener las facultades de Junta General, puede autorizarse a venderlo de ésta forma.

La restricción en la venta a terceros tiene su sentido cuando son varios los socios, a fin de evitar la entrad de terceros extraños a la sociedad, caracterizándose las SL por ser sociedades cerradas. Ahora bién, si sólo hay un socio, y éste socio quiere vender las participaciones, no debería existir obstáculo en la venta a este tercero.

Un saludo


Marina Espí

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Hola, Soy socia de una SL en la que tengo el 33% y quiero vender mis participaciones a un tercero, ¿si mis otras socias no igualan la oferta podría venderlas?, o por el contrario, ¿ellas solo tendrían que comprar mis participaciones por el valor nominal de las mismas? Gracias.

Veronica

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Hola Tengo u a deudade 40.000.000 millones en banco y una Slimitada con mi ex marido. Que puedo hacer para evitar que embarguen mi parte en esa casa Atte Verónica M

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Hola Veronica,

Necesitamos ver los documentos y tener más información (¿avalaste con tu mitad indivisa?

Si eras simplemente socia, y no administradora de la SL, y la deuda es sólo de la SL, en principio, no podrian embargarte tu mitad de la casa.

En todo caso, para estudiar con detalle tu asunto, solicita visita en nuestras oficinas, o utiliza alguno de los servicios legales online que ofrecemos.

Un saludo

Jessica Mataix

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Tenemos una SL cuyo único socio anterior (persona jurídica titular de todo el capital social 3.010,00 €, formado por 1.000 participaciones con valor nominal 3,01 €) nos transmitió por compraventa a tres personas físicas por 90.000,00€ (90,00 € por cada una de las 1000 participaciones), tras la valoración patrimonial, comercial y económica de la SL. La escritura pública de cesión, que si pasó por la oficina liquidadora autonómica, no ha sido presentada en el registro mercantil. ¿Cuál sería la cifra o valor del capital social que debe figurar en las nuevas cuentas anuales a partir de esa transmisión?

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Hola Jessica,

Una cosa es el capital social, y otra bien distinta es el precio que se pagó por la compra de las participaciones las cuáles no se integran en el capital social.

Por una mera venta/compra no se modifica el capital social, por lo que continuará el de 3.010€).

Las compras y ventas de las participaciones de las SL no se inscriben en el Registro Mercantil.

Si necesitas asistencia, utiliza nuestro servicio de consultoria online o solicita visita en nuestras oficinas.

Un saludo

Jorge

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Buenos días, tenemos una S.L. con dos socios, la actividad es una residencia de ancianos pequeña que se lleva a cabo en un chalet. El chalet es de la familia(8personas) por herencia. Queremos vender el chalet y la empresa para que continúen con la actividad en el mismo chalet. ¿Cómo debemos vender la empresa? Con contrato mercantil de venta de establecimiento mercantil, o simplemente con vender las participaciones al comprador y el cambio de administrador sería suficiente. Nuestra primera idea era vender el chalet por un importe, y la empresa por el capital social de 3.000 euros. Algo simbólico. Es decir que en el mismo acto notarial se hiciera: - escritura por venta de finca. - escritura venta participaciones sociales. - cambio de administrador. ¿Esto estaría bien así? Gracias de antemano

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Hola Jorge,

Entendemos que el chalet está a nombre vuestro, y la actividad a nombre de la SL de la que vosotros sóis socios.

Deberían formalizarse simultánemanete dos contratos: el de venta, y otro que sería el de la tranmisión de la actividad.

Existen diferentes formulas para transmitir en bloque una actividad.

Para asesorarte adecuadamente, necesitamos más información. Puedes utilizar nuestros servicios de consultoria online que encontrarás en nuestra web, o si lo prefieres, solicitar visita en nuestras oficinas de Barcelona, Madrid o Valencia.

Un saludo

Fernando

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Los socios de una sociedad SL, quieren pagarme los servicios de asesoramiento, manejo de la empresa, potenciar el negocio de la misma y su crecimiento, con acciones de la misma empresa, Creo poder lograrlo. la pregunta es: ¿ es posible me paguen haciéndome socio y por ende sea participe de las ganancias?, ¿esto como me deja ante hacienda?.

Catalina galvez

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Hola buenos. Soy la socia mayoritaria de una empresa con un 80%pero yo pinto nada Me gustaría poder quitarme y dejar de ser socia creo que me an utilizado y se están llenando los bolsillo a mi costa que puedo hacer

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AOB Abogados

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Hola Catalina,

Con el fin de poder asesorarte al respecto e indicarte el camino a seguir, necesitamos que nos aportes más información de la que nos señalas en tu exposición.

Puedes utilizar nuestro servicio de consulta legal por videoconferencia o solicitar una reunión presencial en nuestras oficinas en aras de que puedas detallarnos mejor y así guiarte en cómo debes proceder a través de un abogado especialista en esta materia.

Un saludo

Denise

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Hola soy administradora unica de una SL, el socio unico ha fallecido. Puedo vender una vivienda registrada a nombre de la SL? Podria vender la SL incluyendo el bien que posee que es dicha vivienda?

Luna

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Buenos días Se trata de un restaurante con 4 socios, 50% por pareja. Si vendemos a los otros dos socios nuestro 50% de la sociedad limitada. Tenemos derecho a hacer inventario de vinos y comida que queda en el negocio y que fue adquirida y pagada antes de la disolución, para recuperar el 50% de ese género que nosotros hemos pagado? O podemos recuperarlo llevándonos ese 50% de esos productos que también los hemos pagado? Muchas gracias!! Si pueden contestarme por correo se lo agradecería.

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Hola Luna,

Para consultas tan específicas como la que nos señalas, puedes utilizar el servicio de consulta legal online via web, que encontrarás en el menu superior dentro de servicios online y en 24 horas laborables recibirás respuesta por escrito por un abogado especialista en la materia. Consulta las condiciones de este servicio.

Si por el contrario quieres un servicio más completo te recomendamos el servicio legal por videoconferencia y podremos asesorarte ante más dudas que pudieras tener al respecto del procedimiento indicado.

Un saludo

Maria

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Hola, somo 6 socios en la empresa y 4 de nosotros queremos vender nuestro porcentaje que asciende al 40 %, los 2 socios que guedan no están interesados en comprar nuestra parte, a quien podríamos venderlo? Gracias

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Hola María,

Para consultas muy específicas disponemos del servicio de consulta legal online via web, que encontrarás en el menu superior dentro de servicios online y en 24 horas laborables recibirás respuesta por escrito por un abogado especialista en la materia. Consulta las condiciones de este servicio.

Si por el contrario quieres un servicio más completo en el que podramos ayudarte ante más dudas que pudieras tener disponemos del servicio legal por videoconferencia, que encontrarás en el menu superior de nuestra página web dentro de servicios online  y mantendrás una reunión como si estuvieras presencialmente en nuestras oficinas.

Un saludo

Maria Buraas

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Hola. Tengo un apregunta, a ver si podéis sacarme un poco de dudas. Tengo una SL con 4 años de antigüedad. con cuenta bancaria. Esta activa, no tiene ninguna deuda, todo legal. Ahora he decidido venderla. Pero mi duda es, cuál seria el precio aproximadamente por el caul podría vernderla? Saludos, Maria Buraas

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Hola María

Con el fin de poder indicarte al respecto nos es necesario que nos facilites mayor información de la que nos señalas en tu escrito a fin de poder orientarte en la consulta que nos realizas.

Si deseas que te prestemos un primer asesoramiento al respecto disponemos del servicio online de consulta legal por videoconferencia que encontrarás en nuestra web dentro de servicios online y así podremos ayudarte de forma personalizada o bien contacta con nuestras oficinas y coordinaríamos una reunión presencial.

Un saludo

Ariel

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Desearía hacer una consulta. Tenemos el 100% de una SL, que fue adquirida a un socio único. De acuerdo con un informe comercial que adquirí, no ha sido registrada la venta de las cuotas partes correspondientes a nuestra compra. Según el contador, dicha inscripción no es obligatoria y alcanza con la inscripción de nuestros porcentajes en las cuentas anuales. Desearía saber si esto es correcto. Muchas gracias

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Hola Ariel,

Para consultas muy específicas disponemos del servicio de consulta legal online via web, que encontrarás en el menu superior dentro de servicios online y en 24 horas laborables recibirás respuesta por escrito por un abogado especialista en la materia. Consulta las condiciones de este servicio.

Si por el contrario quieres un servicio más completo en el que podramos ayudarte ante más dudas que pudieras tener y cómo deberías proceder disponemos del servicio legal por videoconferencia, que encontrarás en el menu superior de nuestra página web dentro de servicios online  y mantendrás una reunión como si estuvieras presencialmente en nuestras oficinas.

Un saludo

Abel

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Hola . Me a sido útil leer su información . Pero quisiera que me oriente en un caso parecido al que ud explica

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AOB Abogados

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Hola Abel,
 
Para un primer asesoramiento te recomendamos nuestra consulta legal por videoconferencia, que encontrarás en el menu superior de nuestra página web dentro de servicios online  y mantendrás una reunión como si estuvieras presencialmente en nuestras oficinas con un abogad@ especialista en esta materia al que le puedes pantear todas las dudas al respecto. Consulta las condiciones y opciones del servicio.

Si por el contrario prefieres una visita presencial, contacta con nuestras oficinas y coordinaremos una primera visita según tu disponibilidad.

Un saludo

RICARDO

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HA VENCIDO EL PLAZO DE UNAS PARTICIPACIONES QUE COMPRE POR VALOR DE 1000 EUROSY LA SL NO ME LOS QUIERE DEVOLVER. QUE PASOS TENGO QUE DAR PARA CCOSEGUIR LA DEVOLUCION. MUCHAS GRACIAS

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Hola Ricardo,

Para consultas muy específicas disponemos del servicio de consulta legal online via web, que encontrarás en el menu superior de nuestra página web dentro de servicios online y en 24 horas laborables recibirás respuesta por escrito por un abogado especialista en la materia. Consulta las condiciones de este servicio.

Si por el contrario quieres un servicio más completo y global en el que podamos ayudarte ante más dudas que pudieras tener, disponemos del servicio legal por videoconferencia, que encontrarás en el menu superior de nuestra página web dentro de servicios online  y mantendrás una reunión como si estuvieras presencialmente en nuestras oficinas.

Un saludo

jose luis

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hola tengo una empresa slu y soy administrador unico me la quieren comprar, que pasos debo seguir y que debo pagar grac

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Hola Jose Luis,

Para consultas muy específicas disponemos del servicio de consulta legal online via web, que encontrarás en el menu superior de nuestra página web dentro de servicios online y en 24 horas laborables recibirás respuesta por escrito por un abogado especialista en la materia. Consulta las condiciones de este servicio.

Si por el contrario quieres un servicio más completo y global en el que podamos ayudarte ante más dudas que pudieras tener, disponemos del servicio legal por videoconferencia, que encontrarás en el menu superior de nuestra página web dentro de servicios online  y mantendrás una reunión como si estuvieras presencialmente en nuestras oficinas.

Un saludo

Pepe

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Buenos días formo parte de una SLL, donde además soy socio trabajador. Pues bien mis dudas son las siguientes: 1) La empresa ha hecho un ERTE al 50 por ciento a la gente que a la persona que dirige le parece bien , solo socios, es legal¿? 2) Ahora ,se le ocurre poner geolocalizador la la mayoría de los socios es legal porque el lo dice, o requiere algún tipo de acuerdo de socios, además me puedo negar al ser socio. Muchas gx

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Un saludo

Jose

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Tenemos 2 empresas y una de ellas tiene participación en la otra. Esta segunda empresa ha ido mal y esta en quiebra, pero la otra sigue dando beneficios. Es posible desprenderse de esas acciones y darlo como perdida en la empresa matriz? Por ejemplo, que la otra empresa o los otros socios adquieran esa parte por 1€? Son SL las dos. Un saludo y gracias.

Alexandro

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Hola, buenas tardes dígame por favor. Qué fácil es vender 300 acciones (10% de todas las 3000) en un SL (pequeño bar) que tiene socios con 300, 900 y 1500 acciones. ¿Necesito su permiso? Gracias.

Cesar

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Hola .s , tengo el 14% de acciones en una Sociedad S.L ,que es familiar, la sociedad en sí , tiene una deuda de mas o menos 6 millones de euros, pero tiene una propiedades por un valor mas o menos de 17 millones , puedo vender mis participaciones a un tercero , si el resto de accionistas no las quieren comprar, y aunque tenga la sociedad dicha deuda. un saludo.

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Angel Vera

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Si un tercero esta interesado en mis acciones y me ofrece una cantidad. Si la junta quiere quedarse esas acciones habran de pagarme lo mismo que me ofrecia el tercero? o pueden pagarme menos?

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Azur Torres

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Buenos días, soy socia de una SL,pero mi participación es de un 20%, desde Nov del 2022,deje de trabajar y por ende de recibir ninguna cantidad de dinero,es posible cobrar mi porcentaje por los meses no trabajados o tendría que vender mi participación?, si es necesaria una consulta igual estaría interesada,gracias

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Medina

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Hola, buenos días. Una consulta, una trasmisión de acciones ya firmada ante Notario, pero que no ha sido presentada aun en el Registro Mercantil, cuando empieza a ser valida para las partes? Gracias

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