Modificaciones del Reglamento del Registro Civil: Se suprime la obligación de asignar un nombre de padre ficticio a los 'hijos de madre soltera' Exrtracto: Abog [09/07/2005] www.abog.net El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que modifica el Reglamento del Registro Civil respecto las inscripciones de nacimiento con una sola filiación. Se permite realizar la inscripción sin necesidad de 'inventarse' el nombre del otro progenitor, como hasta ahora se hacía, a efectos identificativos. En las inscripciones preexistentes se podrán suprimir el nombre del padre o de la madre que se asignaron obligatoriamente a tales efectos según la normativa hasta ahora vigente (Art 191 D. 14/11/1958), que permitía tal supresión - únicamente - a petición del interesado una vez hubiese alcanzado la mayoría de edad. También se permitirá, en el caso de adopciones, inscribirlos como nacidos en la población de residencia de los padres adoptivos, en lugar de la localidad de la que sea originario el menor.
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