Infracciones muy graves Hasta 1.500 euros de multa
Se contempla una sanción de entre 301 y 600 euros, aunque en algunos casos pueden llegar a los 1.500 y suspensión del permiso de uno a tres meses.
Como novedad se incluyen en esta categoría las siguientes conductas:
• El incumplimiento por el titular o el arrendatario del vehículo con el que se haya cometido una infracción de la obligación de identificar al conductor responsable de la misma (hasta 1.500 euros)
• Conducción del vehículo sin carné (de ser sancionado no podrá conseguir la licencia en dos años) (hasta 1.500 euros)
• Circular con un vehículo no matriculado o careciendo de las autorizaciones administrativas correspondientes (hasta 1.500 euros)
• Que el vehículo incumpla las condiciones técnicas que afecten gravemente a la seguridad vial (hasta 1.500 euros)
• Circular por autopista o autovías con vehículos expresamente prohibidos para ello (por ejemplo en minimotos)
Siguen incluidas en esta clasificación las siguientes conductas:
• Circular con tasas de alcohol superiores a las permitidas o bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y cualquier sustancia de efectos análogos
• Incumplir la obligación de someterse a las pruebas de alcoholemia y drogas
• Sobrepasar en un 50% la velocidad máxima autorizada, siempre que ello suponga superar, al menos, en 30 kilómetros por hora dicho límite
• La conducción manifiestamente temeraria
• La ocupación excesiva del vehículo que suponga aumentar en un 50% el número de plazas autorizadas
• Circulación en sentido contrario al establecido
• Competiciones y carreras no autorizadas
• El exceso en más del 50% en los tiempos de conducción o la reducción en más del 50% en los tiempos de descanso |